El TSJA confirma nueve años de cárcel por abusar sexualmente de su hijastra en Jaén

el tsja confirma nueve años de cárcel por abusos en jaén

El tribunal desestima el recurso del condenado por unos hechos que comenzaron cuando la víctima tenía 16 años y mantiene la indemnización de 40.000 euros; la resolución todavía puede recurrirse ante el Supremo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de nueve años de prisión impuesta a un hombre por los abusos sexuales cometidos de forma reiterada contra su hijastra, una joven con discapacidad intelectual que tenía 16 años cuando comenzaron los hechos en una localidad de la provincia de Jaén.

La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado íntegramente el recurso presentado por el condenado contra la sentencia dictada en febrero de 2025 por la Audiencia Provincial de Jaén. El fallo mantiene tanto la pena de prisión como la indemnización de 40.000 euros que deberá abonar a la víctima.

Los hechos se prolongaron durante varios años

Según los hechos declarados probados en la sentencia, los episodios se produjeron entre el verano de 2019 y mayo de 2022, cuando el acusado convivía con la madre de la joven y las hijas de esta.

El hombre aprovechaba, según la resolución judicial, los momentos en los que se quedaba a solas con la menor o fuera de la vista de otros familiares para realizarle tocamientos y, en algunas ocasiones, mantener relaciones sexuales con penetración pese a la negativa expresa de ella.

La víctima tiene reconocida una discapacidad del 65 %, relacionada con una lesión cerebral que afecta a sus capacidades intelectuales. Los informes periciales también reflejaron una madurez mental inferior a su edad biológica.

La joven denunció los hechos cuando tenía 19 años, después de contárselos a un educador de los servicios sociales.

El tribunal considera creíble el testimonio de la víctima

La defensa solicitó la anulación de la sentencia o la absolución del acusado. Entre sus argumentos cuestionaba la consistencia del relato de la joven y sostenía que existían contradicciones.

Sin embargo, el TSJA considera que no hay errores sustanciales en la valoración de las pruebas realizada por la Audiencia Provincial. La Sala destaca que el testimonio de la víctima mantuvo coherencia en sus aspectos esenciales y que estaba respaldado por los informes periciales practicados durante el procedimiento.

Los magistrados rechazan también que la imposibilidad de precisar las fechas exactas de cada episodio reste credibilidad a la declaración, teniendo en cuenta que los hechos se habrían producido de manera reiterada durante un periodo prolongado y las circunstancias personales de la víctima.

Se mantiene la indemnización de 40.000 euros

La resolución confirma asimismo la indemnización de 40.000 euros fijada por la Audiencia Provincial en concepto de responsabilidad civil.

La defensa también había cuestionado esta cantidad al discutir la existencia y acreditación del daño sufrido por la joven. El tribunal rechaza ese argumento y mantiene la indemnización establecida en la sentencia inicial.

Además de los nueve años de prisión, la condena incluye una orden de alejamiento de 200 metros durante los siete años posteriores a la salida de prisión y cinco años de libertad vigilada.

La resolución aún puede recurrirse

La decisión del TSJA confirma la condena dictada en primera instancia, pero todavía puede recurrirse ante el Tribunal Supremo. Por tanto, no debe presentarse como una sentencia firme.

El caso vuelve a poner de relieve la importancia de que las víctimas de violencia sexual, especialmente las menores y las personas con discapacidad, puedan comunicar lo sucedido y acceder a mecanismos de protección y asistencia.

La imagen de esta noticia es una simulación generada por IA.

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