La Audiencia Provincial considera probado que el acusado realizó tocamientos de carácter sexual a los menores durante distintos episodios ocurridos en 2024
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a 15 años de prisión a un hombre de 82 años por dos delitos continuados de agresión sexual cometidos contra sus dos nietos menores de edad, una niña y un niño que tenían 14 y 12 años, respectivamente, cuando ocurrieron los hechos.
La sentencia establece una pena de siete años y seis meses de prisión por cada uno de los delitos, al considerar acreditada además la agravante de abuso de superioridad. El fallo, no obstante, todavía no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Los hechos ocurrieron durante las visitas familiares
Según los hechos que la Audiencia considera probados, el condenado habría aprovechado su condición de abuelo paterno para acercarse a los menores durante las visitas familiares, tanto cuando acudía al domicilio de su hijo como cuando los niños estaban en casa de sus abuelos.
La resolución señala que, durante las horas de la siesta, entraba en los dormitorios de los menores y realizaba tocamientos de carácter sexual.
Los hechos se produjeron durante 2024 y se prolongaron hasta, al menos, el 19 de octubre de ese año.
La investigación comenzó después de que la menor pidiera ayuda
El caso salió a la luz después de que la menor relatara lo sucedido a dos agentes de la Policía Nacional que habían acudido a su colegio para impartir una charla sobre violencia de género y violencia sexual.
Al finalizar la actividad, las agentes observaron que la niña estaba llorando y, tras hablar con ella, la menor contó lo que, según su relato, estaba ocurriendo con su abuelo.
Posteriormente, su hermano también manifestó haber sufrido comportamientos similares.
Durante la investigación aparecieron además elementos que la sentencia considera relevantes, entre ellos una grabación realizada por la propia menor con su teléfono móvil, además de los informes psicológicos practicados a los dos hermanos. Los especialistas apreciaron en ambos sintomatología compatible con haber sufrido violencia sexual.
El tribunal considera creíbles los testimonios de los menores
Durante el juicio, celebrado el pasado mes de julio, el acusado negó los hechos y solicitó su absolución.
La Audiencia, sin embargo, considera que las declaraciones de los dos menores constituyen una prueba de cargo sólida. Los magistrados destacan que sus relatos fueron consistentes y creíbles y que quedaron respaldados por otros elementos incorporados al procedimiento.
La sentencia también rechaza aplicar una atenuante de reparación del daño que había solicitado la defensa por la consignación de una cantidad en concepto de responsabilidad civil. El tribunal entiende que esa consignación, por sí sola, no demuestra una reparación voluntaria del daño causado.
Diez años de alejamiento y 15.000 euros de indemnización
Además de los 15 años de prisión, la resolución establece una prohibición de aproximarse o comunicarse con cada uno de los menores a menos de 300 metros durante diez años.
El condenado tendrá también que cumplir cinco años de libertad vigilada después de salir de prisión, incluyendo la participación en cursos de educación sexual, y queda inhabilitado durante diez años para desarrollar profesiones u oficios que impliquen contacto directo con menores.
En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a cada uno de sus nietos con 7.500 euros, lo que supone un total de 15.000 euros.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante el TSJA.
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